Cómo dar de baja un vehículo de una persona que ha fallecido
Al igual que en otras situaciones distintas a la convencional, el gestionar la baja definitiva de un vehículo cuyo titular ha fallecido es un trámite sencillo que tan solo puede demorarse debido a la complejidad que supone, en ciertos casos, reunir la documentación requerida.
Puesto que los herederos directos del bien, en este caso el vehículo, son por norma general el cónyuge y todos los descendientes directos del difunto, a no ser que se especifique lo contrario en el testamento, es imprescindible contar con el consentimiento de todos ellos. Esto puede hacer que el interesado en llevar a cabo el trámite, tarde un poco más de lo habitual en recopilar todos los documentos que detallamos a continuación:
- Fotocopia del DNI del titular, en este caso del fallecido, por ambas caras.
- Fotocopia del DNI, en vigor y por ambas caras, del heredero..
- Fotocopia del Certificado de Defunción.
- Modelo de declaración responsable, cumplimentado y firmado por el heredero que realizará la entrega del vehículo. Descargue el documento en la columna derecha de esta misma página.
- Documentación del vehículo:
- Ficha técnica.
- Permiso de circulación.
En aquellos casos en los que no se disponga de alguno de los documentos acreditativos del vehículo, será necesario también:
- Modelo de extravío de la documentación, cumplimentado y firmado. Descargue el documento en la columna derecha de esta misma página.
Utilice el formulario que aparece más abajo, nuestro servicio de llamada gratis o contacte directamente con nosotros por vía telefónica para solicitar la retirada al desguace y la baja definitiva de un vehículo a nombre de un fallecido.
En DGTBAJAS.es nos encargamos de todo lo necesario para que el vehículo sea retirado a las instalaciones de un Centro Autorizado de Tratamiento (C.A.T.), lugar dónde será descontaminado y se dará de baja definitivamente en los registros de la DGT.